“Siguiendo el decreto 893.239.135 del senado y aprovado por el honorable virrey en la fecha 13 de diciembre de 1946, se apruevan las siguientes medidas en luz de la continuada crisis espiritual que azota los territorios:
- Que se inicie el entrenamiento de los portadores de las marcas de Lilith y Cain, reconociendo su carencia de facultades femeninas -exceptuando el tajo- que pudiesen prevenir su utilidad.
- Que los criminales culpables de violacion, subversion antisocial, o crimenes excediendo los trescientos pesos, al atentar contra la continuada existencia de la humanidad, sean presentados con la opcion entre mil azotes publicos o tres años de servicio militar, cohabitando con cainitas, luego de lo cual se evaluara si demuestra signos de su degeneracion, o si a reparado su pecado y puede recobrar su estado civilizado.
La medida forma parte del estado de emergencia, y cualquier personal militar que se niegue a seguirla se lo considerara en desafio de la corona, iglesia, senado, y al cristiano, y sera disciplinado a discrecion de su superior inmediato, siendo esto una multa de entre veinte y quinientos pesos a ser pagada a la iglesia.